Normativa 2022 para empresas mantenedoras de sistemas de protección contra incendios.

La normativa en materia de seguridad cada vez avanza para proteger y asegurar un servicio de calidad. EL Real Decreto 298/2021, de 27 de abril, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial establece en su artículo undécimo una serie de modificaciones del Reglamento de instalaciones de protección contra incendios aprobado por RD. 513/2017 de 22 de mayo.

Las modificaciones vienen dadas sobre todo a nivel de requisitos de las empresas, técnicos y empleados que realizan operaciones de mantenimiento de los diferentes equipos y sistemas de protección contra incendios.

Modificación del artículo 1 de requisitos de las empresas instaladoras. Se requiere que cada empresa cuente con los medios humanos para realizar los trabajos de forma segura y determinan en un anexo III.  Se requiere el siguiente personal:

RESPONSABLE TÉCNICO

  1. Un responsable técnico titulado con competencia en la materia, ingeniero industrial técnico o ingeniero industrial. Este titulado técnico debe estar contratado a tiempo completo salvo que el horario de la empresa sea menor.

Este responsable titulado puede ser contratado o puede ser uno de los socios o el mismo titular de la empresa. Es decir, durante el horario de trabajo normal y apertura de la empresa debe trabajar un técnico titulado con competencia en materia de protección contra incendios.

  • Disponer de los medios técnicos necesarios para realizar el trabajo con seguridad.
  • Tener contratado un seguro de responsabilidad civil profesional por una cuantía mínima de 800.000 €. Esta cantidad se irá actualizando de conformidad al Ministerio de Industria para asegurar la equivalencia de la garantía económica.

Para acreditar que la empresa cuenta con el personal cualificado, se dispondrá de la documentación acreditativa de la capacitación del personal de acuerdo a la normativa de cada país y conforme a lo estipulado en la normativa europea. En el caso de España, el reconocimiento de la capacitación del personal es aprobado por RD. 581/2017 de 09 de Junio.

OPERARIO CUALIFICADO

  • Un operario cualificado para cada uno de los sistemas para los que está habilitada contratado a jornada completa. El operario cualificado también puede ser uno de los socios o titulares de la empresa. Este operario cualificado debe poder acreditar:
  • Lo establecido para la instalación y mantenimiento del alumbrado de emergencia.
  • Cumplir lo establecido sobre la instalación y mantenimiento de equipos con gases fluorados.
  • Para los operarios de sistemas contra incendios, de extintores, bocas de incendios equipadas, detección:

* Disponer de un título universitario cuyo plan cubra las materias.

* Título de formación profesional o certificado de profesionalidad.

* Certificación de entidad acreditada.

* Haber superado con éxito los cusrsos de formcióan establecidos en la presente norma.

* Tener reconocida competencia profesional por experiencia laboral de acuerdo al R.D 1224/2009 de 17 de Julio.

* Tener reconocida cualificación profesional de operario cualificado.

CONOCIMIENTOS BÁSICOS DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

Los conocimientos mínimos para ser un operario cualificado se establecen en el anexo IV del presente Real Decreto.

Se agrupan en 2 bloques o módulos:

  • Parte General
  • Parte Específica

Los contenidos de los módulos son en el caso de la parte general, matemáticas, Física y Química, Fundamentos de la extinción de fuegos, materiales, tipos de fuegos, señalización, planos, estabilidad, sectorización, reacción al incendio, clasificación de las instalaciones, instalación de extinción, detección y emergencia y legislación competente.

El contenido de la parte específica tiene que ver con cada uno de los sistemas, hidrantes, columna seca, rociadores, extintor de espumógeno, extintores polvo, detección de humos y calor, señalización, Bocas de incendios equipadas, etc.

CONCLUSIONES

Este nuevo Real Decreto de 27 de abril de 2021, trae modificaciones sustanciales para aquellas empresas mantenedoras pequeñas en las que la figura del técnico cualificado no era una figura permanente en la empresa. Estos cambios suponen un gasto extra para las empresas que no tienen en plantilla a jornada completa un técnico cualificado. Por otro lado, es un cambio positivo debido a que se garantiza una calidad en el servicio y que durante el horario de apertura del negocio hay un técnico cualificado para poder resolver cualquier exigencia e incidencia planteada en materia de protección contra incendios. Las empresas ya habilitadas según la disposición adicional transitoria única deberán adaptarse a los condicionantes establecidos en el Real Decreto, disponiendo de 1 año para ello. Es decir, el 20 de abril de 2022, las empresas deben cumplir con lo establecido en el presente Real Decreto 298/2021, de 27 de abril, por el que se modifican normas reglamentarias en materia de seguridad industrial que tienen por objeto, asegurar la seguridad pública y prevenir riesgos para la salud y seguridad.