Señales Fotolumienescentes. ¿Qué normativa deben cumplir?

En primer lugar debemos saber que con el nuevo Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios de 2017 se habilita a las empresas autorizadas por Industria para la instalación y mantenimiento de las señales fotoluminescentes.

Las señales deben ser revisadas anualmente en la revisión que se pasa a los equipos de protección contra incendios instalados como extintores, Bocas de incendio equipadas, grupos de presión o centrales de detección. De forma general, la señal luminescente tiene una vida útil de 10 años o aquella que establezca el propio fabricante. No obstante, las señales con más de 10 años se les tendrá que realizar una serie de ensayos para confirmar que siguen poseyendo la luminescencia necesaria establecida en normativa.

¿Cómo saber si los carteles fotoluminescentes están homologados?

Las señales luminescentes deben cumplir con una serie de normas UNE en las que se establecen cómo deben ser los pictogramas, color y formas. Por otro lado, hacen referencia a también a las condiciones generales, las dimensiones y su clasificación.

La señalización luminescente instalada en locales comerciales, naves industriales, edificios, parkings, garajes y otras edificaciones deben cumplir con una serie de requisitos establecidos en las UNE anteriores. En caso de no cumplir con estos deben ser sustituidas inmediatamente. Las señales deben garantizar la visibilidad de las mismas en un caso de emergencia por fuego.

Identificación de las señales

Las señales deben contener los siguientes datos:

  • Norma UNE 23035-4 y UNE 7010 en la que se basa su denominación, clasificación, calificación e identificación del fabricante y alguna característica del ensayo realizado.

Los valores de luminiscencia que deben superar las señales son los siguientes:

 CLASE ACLASE B
10’210 Milicandelas40 Miicandelas
60’29 Milicandelas5,6 Milicandelas
ATENUACIÓN3000’800’
   

La identificación de las señales debe ser la correcta en cuanto a su clase A o B según el R.D 393/2007 y si existe una duda o discrepancia prevalecerá la norma UNE EN ISO 7010:2012. Y en cualquier caso, es obligado el cumplimiento de lo dispuesto en el Código Técnico de Edificación que establece el tamaño mínimo dispuesto según la distancia de visión.

Tamaños de la señalización

Los tamaños establecidos para el pictograma sin leyenda incluida deben ser de 210×210 mm para una distancia no superior a 10 metros. 420×420 mm para una distancia no superior a 20 metros y 594×594 mm  para visibilidad en distancias de hasta 30 metros.

Es obligatorio que las señales deben llevar grabada la fecha de fabricación y lote. Además deben contener el mes y año de fabricación.

Por otro lado la señalización específica de eón debe cumplir con lo establecido UNE 23034 que también determina sus dimensiones en función de su visibilidad a determinadas distancias.

La señalización fotoluminescente tiene una función esencial en caso de incendio, ya que es capaz de ubicar los diferentes equipos contra incendios como el extintor e indicar de forma inequívoca el recorrido para llegar a la salida. Estas señales absorben las radiaciones de luz y las radian cuando el suministro eléctrico se va. No consumen ninguna energía y siempre están en constante funcionamiento.